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Atención transferencias: el límite de ARCA para mover dinero entre tus propias cuentas

Atención transferencias: el límite de ARCA para mover dinero entre tus propias cuentas

A partir del 1 de agosto, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) estableció nuevos montos a partir de los cuales bancos y fintech deben reportar movimientos en las transferencias. Estos umbrales aplican tanto para cuentas bancarias como billeteras virtuales, y buscan identificar operaciones que excedan ciertos valores para evitar posibles irregularidades.

Límites de transferencias y operaciones en agosto 2025

Los límites vigentes son:

  • $50.000.000 para personas físicas.
  • $30.000.000 para personas jurídicas.

Además, se definieron los siguientes topes para diferentes tipos de operaciones y activos:

  • Extracciones en efectivo: $10.000.000 para ambos tipos de titulares.
  • Saldos bancarios al último día del mes: $50.000.000 para personas físicas y $30.000.000 para jurídicas.
  • Plazos fijos: $100.000.000 para personas físicas y $30.000.000 para jurídicas.
  • Billeteras virtuales: $50.000.000 para personas físicas y $30.000.000 para jurídicas.
  • Tenencias en sociedades de bolsa: $100.000.000 para personas físicas y $30.000.000 para jurídicas.
  • Compras de consumidor final: hasta $10.000.000 sin necesidad de reportar.
  • Pagos: $50.000.000 para personas físicas y $30.000.000 para jurídicas.

arca

Cómo calcula ARCA los montos

Las operaciones realizadas en moneda extranjera se convierten a pesos según la cotización oficial del Banco Nación al cierre del último día hábil del mes. En el caso de criptomonedas, se toma el valor vigente de la divisa al último día del período informado.

Los límites se revisan y actualizan cada seis meses, basándose en las variaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC) que publica el INDEC, para mantener los montos acordes a la inflación y la realidad económica del país.

Si los movimientos superan los límites, el ARCA y las entidades financieras pueden retener los fondos hasta recibir respaldo documental, como contratos, facturas, recibos de sueldo, constancia de monotributo o certificado de origen de fondos. Presentar esta documentación suele ser suficiente para liberar el dinero y evitar sanciones.

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