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El Gobierno desregula la yerba mate: Te pueden cobrar lo que quieran

La medida se oficializó este martes y quita las facultades regulatorias al Instituto Nacional de la Yerba Mate (Inym).

El Gobierno nacional formalizó este martes la desregulación casi plena del mercado yerbatero al quitarle al Instituto Nacional de la Yerba Mate (Inym) su facultad de intervenir y fijar precios en el sector.

Esta decisión, plasmada en el Decreto 812/2025 publicado en el Boletín Oficial, elimina de manera definitiva la capacidad del organismo para establecer valores de referencia para la materia prima que se les paga a los productores.

El decreto, que lleva la firma del Presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Manuel Adorni y el ministro de Economía Luis Caputo, reescribe gran parte del Decreto 1240/02 que reglamenta las funciones del Inym.

Gobierno desregulo el mercado de yerba mate (libera para que el precio no tenga techo)

La nueva normativa especifica que “El Inym no podrá dictar normas o establecer intervenciones que provoquen distorsiones en los precios de mercado, generen barreras de entrada, impidan la libre iniciativa privada y/o interfieran en la libre interacción de la oferta y la demanda en la producción y comercialización de la yerba mate y derivados”.

Según explicaron desde la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca, la medida se alinea con los cambios introducidos por el Decreto N° 70/2023 y el artículo 42 de la Constitución Nacional. El objetivo es la “derogación de normas que resultan contrarias a la defensa de la competencia y la desregulación promovida por el Gobierno nacional”.

Las modificaciones buscan que el Inym “focalice sus actividades en las verificaciones de calidad, al tiempo de impedir su intromisión en un mercado competitivo”.

Las modificaciones se estructuran sobre tres ejes principales: la derogación de las facultades de intervención sobre la actividad económica, la prohibición de distorsionar los valores del mercado, y la adecuación a la normativa.

El decreto también instruye al organismo nacional para que, en un plazo máximo de 30 días, adecúe toda normativa interna que contradiga lo establecido en el presente instrumento. Además, se derogaron específicamente los artículos 9°, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18 y 19 del Decreto N° 1240 del 12 de julio de 2002. Cabe recordar que el Inym ya no fijaba valores de referencia desde finales de 2023.

Fuente: SFA/LA VOZ

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