El Tribunal Oral Federal N°4 estableció este lunes la fecha para la lectura del fallo en la causa Skanska, que investiga presuntos sobreprecios y coimas en la ampliación de gasoductos en 2004. Entre los acusados figuran el exministro Julio De Vido y el exsecretario José López.
El Tribunal Oral Federal N°4 fijó este lunes la fecha para dar a conocer la sentencia en el caso Skanska, la primera gran causa por supuesta corrupción que involucró a funcionarios del gobierno de Néstor Kirchner. El caso refiere a presuntos sobreprecios y coimas en la adjudicación de una ampliación de gasoductos en 2004.
Los principales acusados son el exministro de Planificación Julio De Vido y el exsecretario de Obras Públicas José López. Ambos se encuentran detenidos: De Vido con arresto domiciliario en Zárate y López en la cárcel de Ezeiza. Escucharán la sentencia desde sus lugares de detención.
La Fiscalía solicitó penas de entre 4 y 5 años de prisión, inhabilitación perpetua para cargos públicos y decomiso de bienes para los principales acusados, entre quienes se incluyen exdirectivos de la empresa Skanska.
Skanska fue acusada de direccionar licitaciones y pagar coimas para adjudicarse obras de ampliación de gasoductos en 2004. La empresa habría ocultado el esquema mediante facturas falsificadas emitidas por más de 20 empresas fantasma que simulaban servicios no prestados.
Una grabación interna de Skanska, donde un ejecutivo admitía el pago de coimas para asegurar obras, fue la prueba fundamental. En la última audiencia, los jueces del TOF Jorge Gorini, Néstor Costabel y María Gabriela López Iñiguez darán a conocer la sentencia en un juicio iniciado hace poco más de dos años, pero que se corresponde con una trama iniciada hace casi dos décadas tras una denuncia de la Coalición Cívica y una nota del diario Perfil.
La marcha de la causa se detuvo en 2011 por decisión de la Cámara Federal, que sobreseyó y revocó los procesamientos de las personas investigadas, pero luego se reanudó al otorgar validez procesal a la prueba. La grabación fue realizada por la propia compañía en la que un exejecutivo, Javier Azcárate, dijo en diálogo con el exsíndico de la empresa, Claudio Corizzo, que había recibido el pago de coimas a cambio de asegurarse las obras.
“Somos prolijos y lo hacemos bien, o no laburamos”, señaló Azcárate en la grabación. “Ya sabíamos de antes de hacer la propuesta que la íbamos a ganar y que son 100 millones de dólares”, dijo en otro tramo, y también: “Fue un 5% de todos los contratos, divididos en un 3% a Enargas y un 2% a Nación Fideicomisos, más los costos de la operación”.
El audio había sido desestimado en un principio por la Cámara por no haber nacido de una orden judicial, sino de una investigación interna de la empresa. El argumento fue que Azcárate había sido engañado en aquella conversación, grabada de manera subrepticia. En 2015, la Corte Suprema reabrió la posibilidad de validarlo y la Cámara Federal de Casación Penal, con los votos de Mariano Borinsky y Juan Carlos Gemignani, terminó de incorporarlo a la causa. “En la sociedad, además del infractor y el Estado, existen las víctimas y los no infractores, y ellos también tienen derechos”, afirmó Gemignani.
Con la grabación recuperada, el fiscal Carlos Stornelli pidió la nulidad de los sobreseimientos y la causa volvió a cobrar fuerza. El juez federal Sebastián Casanello, al elevar el caso a juicio en 2019, sostuvo: “La empresa Skanska, al momento de la negociación de las ofertas presentadas en el concurso privado, acordó con sus competidores para elevar los costos, lo que fue consentido por los funcionarios públicos que intervinieron directa e indirectamente en el procedimiento”.
El magistrado agregó: “Para respaldar esas actividades ficticias, los representantes de Skanska S.A. decidieron darle un marco legal que les permitiera justificar cada uno de los egresos. Así fue que computaron las transacciones como gastos vinculados al proyecto central adjudicado, previamente, por el Estado Nacional”. Casanello advirtió: “Todos estos sucesos habrían generado, como consecuencia, un perjuicio económico millonario para la administración pública, en tenor de que los sobornos pagados por los privados y recibidos por los funcionarios constituyeron un beneficio económico ilegal a título personal para ellos pero, en simultáneo, la extracción de dinero de las arcas estatales sin amparo legal alguno”.
