La norma, aprobada este jueves, reglamenta la autonomía municipal establecida en la reforma constitucional de 2025 y reemplaza leyes vigentes desde la década de 1930. Su implementación está prevista para 2027.
La Legislatura de la provincia de Santa Fe sancionó este jueves la nueva Ley Orgánica de Municipios, una de las normas complementarias a la reforma constitucional de 2025. El proyecto, que había recibido media sanción unánime del Senado el 12 de marzo, fue aprobado en la Cámara de Diputados con 30 votos a favor y 17 en contra, y luego convalidado por la Cámara alta.
La ley reglamenta los principios de autonomía municipal consagrados en la nueva Constitución provincial y reemplaza a dos leyes que estuvieron vigentes durante más de ocho décadas: la Ley Orgánica de Comunas N° 2439/1935 y la Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756/1939.
Entre los cambios centrales se destaca la reducción en el número de concejales. Si todos los municipios adhieren al nuevo esquema, la cantidad de ediles pasará de 448 a 360. También se modifica el calendario electoral: el 93% de las localidades tendrá elecciones cada cuatro años, eliminando las elecciones intermedias en 316 localidades. Las 25 restantes, con más de 20 mil habitantes, mantendrán un sistema de renovación por mitades cada dos años.
La norma establece un límite de dos mandatos consecutivos (ocho años como máximo) para intendentes, concejales y todos los cargos electivos locales, con una pausa obligatoria de cuatro años antes de una nueva postulación. Este principio ya estaba consagrado en la reforma constitucional.
Las ciudades con más de 10.000 habitantes podrán dictar sus propias cartas orgánicas para ganar autonomía, mientras que el resto se regirá por el nuevo texto de manera supletoria. La ley categoriza los municipios según su población, desde localidades de hasta 3.000 habitantes con una Comisión Municipal de tres miembros, hasta las grandes ciudades. Rosario y Santa Fe mantendrán la cantidad de concejales actual.
A partir de 2027, todas las localidades de Santa Fe serán municipios, desapareciendo la figura de las comunas que regía para los pueblos más pequeños.
La norma incorpora instrumentos de democracia directa como iniciativa popular, referéndum vinculante, consulta popular, revocatoria de mandato, audiencias públicas y presupuesto participativo.
La figura del viceintendente, impulsada por el intendente de Rosario, Pablo Javkin, no fue incluida en el texto final. En su lugar, se estableció que ante una ausencia del intendente de más de diez días hábiles, asumirá quien ocupe el primer lugar en la lista de concejales del oficialismo.
El proyecto no contó con el apoyo unánime. Fabián Palo Oliver, del Frente Amplio por la Soberanía, calificó la norma como «una muy mala ley». El justicialista Marcos Corach advirtió que plantea «una autonomía de papel». La diputada Lucila De Ponti señaló que «no puede discutirse autonomía municipal sin resolver antes el régimen de coparticipación», un debate que quedó pendiente.
Con la sanción definitiva, la nueva Ley Orgánica de Municipios quedó lista para ser promulgada por el Poder Ejecutivo y comenzará a regir a partir de 2027.
