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Tribuna Segura: se amplió el programa y el ingreso de deudores alimentarios a estadios estará prohibido

El Gobierno nacional oficializó la ampliación del programa Tribuna Segura, que ahora incluye a personas inscriptas en registros de deudores alimentarios. La medida, publicada en el Boletín Oficial, afecta a unas 13.000 personas y busca reforzar el control en espectáculos deportivos.

El Gobierno amplió el programa Tribuna Segura y ahora se le restringirá el ingreso a estadios de fútbol a personas inscriptas en registros de deudores alimentarios, según una medida que fue oficializada este miércoles, que ya regía en algunas jurisdicciones y se incorpora al sistema de control a nivel nacional.

Según la Resolución 429/2026 del Ministerio de Seguridad publicada en el Boletín Oficial, son al menos unas 13.000 personas las que se suman al sistema nacional de control en espectáculos deportivos luego que las autoridades determinaron que quienes figuren en el Registro Público de Alimentantes Morosos también serán alcanzados por las restricciones de ingreso a estadios.

El escrito dispuso la modificación del artículo 2º de la Resolución Nº 354/2017, que establece los criterios para aplicar la restricción de concurrencia administrativa en espectáculos futbolísticos. En la citada resolución se informó que se podrá restringir la concurrencia a toda persona que se encontrare imputada, procesada o condenada respecto de delitos cometidos en el marco de la Ley N° 23.184 y sus modificatorias. A ellas se suman las personas que:

  • Hayan sido imputadas, procesadas o condenadas por delitos dolosos con pena de reclusión o prisión y que la Autoridad de Aplicación entienda que razonablemente pueda crear un riesgo concreto en el espectáculo futbolístico.
  • Se encuentren imputadas en cualquier actuación contravencional en el marco de un espectáculo futbolístico, ya sea antes, durante o después del encuentro, durante concentraciones o entrenamientos de los equipos, o durante traslados de parcialidades hacia o desde el estadio.
  • Hayan tenido conductas violentas contra personas o cosas o dificulten el normal desenvolvimiento de un espectáculo futbolístico.
  • Hayan tenido conductas violentas que afecten la seguridad, el tránsito vehicular o el orden público, de manera individual o en el marco de una manifestación o congregación en la vía pública.
  • Incurran en conductas violentas durante su traslado desde o hacia un estadio deportivo, o alteren el orden público o utilicen servicios de transporte no registrados.
  • Se encuentren imputadas, procesadas o condenadas por delitos previstos en la Ley Nº 23.737 y sus modificatorias, cometidos en ocasión de un espectáculo futbolístico.
  • Exista a su respecto una medida judicial o administrativa que estipule la restricción de ingreso a estadios por encontrarse inscripto en un Registro Público de Alimentantes Morosos. La medida restrictiva se mantendrá mientras continúe vigente la situación.

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