La Asociación de Fiscales y Funcionarios del Ministerio Público de la Acusación solicitó formalmente a la Legislatura que se abstenga de aplicar el régimen disciplinario de la Ley 13.807 sobre una integrante del MPA de Rosario.
La Asociación de Fiscales y Funcionarios del Ministerio Público de la Acusación (MPA) presentó una nota ante la Comisión de Acuerdos de la Asamblea Legislativa de Santa Fe. En el escrito, solicita que se suspenda el tratamiento de una sanción disciplinaria contra la fiscal Verónica Ballari, integrante del MPA en la ciudad de Rosario. El pedido se extiende, según la entidad, a la representación de los intereses colectivos de sus asociados.
La petición se fundamenta en la nueva Constitución de Santa Fe, reformada en 2025, que transfiere al Poder Legislativo el control directo sobre fiscales y defensores, y en la interpretación de su cláusula transitoria. Los fiscales sostienen que la adecuación del procedimiento no debe limitarse a la letra de la nueva Constitución, sino que debe regirse por los estándares de derechos humanos detallados por la Relatoría Especial de la ONU.
El mensaje de los acusadores a los legisladores, que aún tienen la facultad de votar sanciones disciplinarias por mal desempeño, es que a partir de la Reforma 2025 debe quedar sin efecto la Ley 13.807 respecto de quién sanciona a los integrantes del nuevo Ministerio Público. La Constitución reformada incluye una disposición transitoria que prorroga esa prerrogativa hasta que se apruebe una nueva norma legal.
Según la entidad, dicha ultractividad no es absoluta. Afirma que la cláusula transitoria tiene una función operativa, pero no puede validar normas que violen el núcleo duro de derechos consagrados en el nuevo texto constitucional. “La independencia del MPA es ahora una garantía constitucional operativa. Someter a los fiscales a un proceso disciplinario en manos exclusivas de otro poder del Estado contradice flagrantemente el nuevo diseño institucional. La transición no puede ser excusa para la inconstitucionalidad”, sostiene el escrito.
La presentación fue realizada a la Comisión de Acuerdos de la Asamblea Legislativa, integrada por 8 diputados y 4 senadores. En la nota, los fiscales declaran: “Queremos ser claros ante este Honorable Cuerpo: nuestra Asociación celebra que la Nueva Constitución Provincial eleve el estatus de la independencia del MPA al rango constitucional y jerarquice a la institución como un órgano extra poder. Sin embargo, advertimos (nuevamente, porque ya lo habíamos manifestado en las reuniones de la Comisión de Justicia de la Convención Reformadora) que sustituir un sistema político por otro que mantenga mayorías políticas en el órgano de juzgamiento no subsana el vicio de origen advertido por los organismos internacionales, y diluye cualquier declaración de ‘independencia’ de la institución”.
“No venimos a pedir la aplicación mecánica del nuevo texto constitucional si este, en su reglamentación o integración del tribunal, perpetúa la injerencia política sobre la técnica jurídica. Venimos a exigir la vigencia del ‘Estándar ONU’. La Relatoría Especial de Naciones Unidas ha sido tajante: los fiscales deben ser juzgados por órganos independientes, preferentemente compuestos por pares, evitando la politización. Cualquier normativa provincial –sea la vetusta Ley 13.807 o incluso las nuevas disposiciones constitucionales que otorgue una mayoría decisoria al poder político– colisiona con el mandato de imparcialidad del Art. 8 de la Convención Americana”, subraya el texto.
En síntesis, los fiscales impugnan la aplicación de la ley vigente por inconstitucional y dejan expresa constancia de que no convalidan ningún esquema futuro que asegure un tribunal con integración técnica mayoritaria. El escrito reitera posiciones históricas sobre la independencia de fiscales y sanciones, y ofrece una conclusión: “No estamos ante un mero trámite administrativo, sino ante una encrucijada institucional. Aplicar una ley cuestionada, amparándose en una cláusula transitoria, para juzgar a fiscales bajo un paradigma contrario a los estándares internacionales constituye un retroceso institucional inadmisible y pone en riesgo la responsabilidad internacional del Estado Argentino”.
Por lo expuesto, solicitan: 1) que se incorpore la presente nota a los expedientes en trámite; 2) que se suspenda el tratamiento disciplinario hasta tanto se adecue el procedimiento a las garantías de los tratados internacionales; 3) que se garantice que cualquier eventual sanción sea revisable judicialmente de forma plena.
