El Poder Ejecutivo anunció una reforma de la Carta Orgánica del Banco Central de la República Argentina. La iniciativa incluye la prohibición del financiamiento monetario al Tesoro, la eliminación de las Letras Intransferibles y cambios en el régimen de remoción de autoridades, entre otros puntos.
El presidente Javier Milei presentó por cadena nacional una reforma de la Carta Orgánica del Banco Central de la República Argentina (BCRA). Según el anuncio oficial, la iniciativa tiene como objetivo modificar el funcionamiento de la entidad y establecer nuevas reglas para su relación con el Estado.
El proyecto contempla cinco ejes principales: la misión exclusiva del BCRA de preservar el valor de la moneda; la prohibición del financiamiento monetario a todos los niveles del Estado; la exigencia de dos tercios de los miembros presentes de cada cámara para remover a las autoridades del banco; la restricción a la transferencia de utilidades al Tesoro; y la eliminación de las Letras Intransferibles.
La normativa vigente permite adelantos transitorios del BCRA al Tesoro y, una vez cubiertas ciertas reservas, obliga a transferir las utilidades del balance. La reforma propone que las ganancias contables no se distribuyan y que otros resultados líquidos solo se destinen a la cancelación de deuda. Las Letras Intransferibles son instrumentos que el Tesoro entregó al BCRA a cambio de dólares de las reservas internacionales.
La Carta Orgánica del BCRA es una ley ordinaria, por lo que una mayoría legislativa futura podría modificarla o derogarla mediante otra ley. La cláusula que exige dos tercios para remover autoridades podría ser alterada por una ley que no requiera esa mayoría especial.
En relación con el nombramiento de autoridades, el proyecto mantiene la designación por parte del Poder Ejecutivo con acuerdo del Senado, pero establece una mayoría de dos tercios de ambas cámaras para la remoción. El actual presidente del BCRA, Santiago Bausili, y el directorio se encuentran en comisión, sin aprobación definitiva del Senado.
El Poder Ejecutivo ya había utilizado un decreto de necesidad y urgencia en marzo de 2025 para autorizar una operación con el Fondo Monetario Internacional (FMI), pese a que la ley 27.612, sancionada en 2021, dispone que todo programa u operación de crédito con el organismo debe ser aprobado por una ley expresa del Congreso. El DNU 179/25 fue validado por la Cámara de Diputados con 129 votos a favor, 108 en contra y seis abstenciones.
En el ámbito regional, Chile estableció la autonomía de su Banco Central en su Constitución y la reguló mediante una ley orgánica constitucional. Brasil fijó la autonomía de su banco central en 2021 por ley complementaria, con mandatos escalonados para sus autoridades.
El economista Fernando Morra, en un trabajo sobre desinflaciones, señaló que casos como Chile y Perú estuvieron acompañados por reformas de sus bancos centrales y que la reputación se construye con el cumplimiento de los objetivos.
