El oficialismo no reunió los votos necesarios y decidió retirar el capítulo 3 del proyecto de ley, que facilitaba la venta de tierras a extranjeros. La iniciativa mantiene otras modificaciones vinculadas a expropiaciones, desalojos y manejo del fuego.
El Gobierno nacional retiró el capítulo 3 del proyecto de Inviolabilidad de la Propiedad Privada, que establecía cambios en la normativa sobre extranjerización de tierras, al no contar con los votos necesarios para su aprobación. La decisión se tomó poco antes de las 15, tras una reunión de la presidenta del bloque libertario, Patricia Bullrich, con sectores aliados en la Cámara alta.
Fuentes citadas por medios porteños indicaron que al menos cuatro senadores que el oficialismo contaba como votos positivos pasaron al rechazo durante la tarde de ayer, en coincidencia con una conferencia de Bullrich para anunciar cambios en ese capítulo. Entre los legisladores que manifestaron su oposición se encuentran los gobernadores de Tucumán, Osvaldo Jaldo, y de Neuquén, Rolando Figueroa.
El proyecto, en su versión actual, conserva otros apartados que modifican la Ley de Expropiaciones (21.499), la de Desalojos (17.454) y la de Manejo del Fuego (26.815).
Cambios en expropiaciones
El proyecto establece que la declaración de utilidad pública, regulada por la Ley 21.499 de 1977, será de interpretación restrictiva y deberá identificar de forma específica el fin perseguido, además de cumplir con criterios de idoneidad, necesidad y proporcionalidad. En cuanto a las indemnizaciones, se suma el lucro cesante cuando sea consecuencia directa e inmediata de la expropiación, se fija el valor del bien al momento previo a cualquier acto estatal que pueda influir en su cotización, y se actualiza el monto por inflación más una tasa de interés “comercialmente razonable”. El bien no pasará a manos del Estado hasta que la indemnización esté íntegramente pagada.
Modificaciones en desalojos
El proyecto modifica el Código Procesal Civil y Comercial y el Código Civil y Comercial para acelerar los desalojos. El cambio principal es la conversión del proceso al trámite sumarísimo y la posibilidad de ejecución anticipada antes de la sentencia. Además, se elimina la caución real –la garantía económica que se exige actualmente para obtener la desocupación inmediata– y se la reemplaza por una declaración jurada del propietario sin respaldo patrimonial. En el debate en comisiones se acordó que el plazo de intimación al inquilino por falta de pago en inmuebles habitacionales pase de 3 a 10 días. También se incorpora el domicilio electrónico para las notificaciones.
Cambios en la ley de manejo del fuego
La ley vigente prohíbe durante 60 años cambiar el uso del suelo, lotear o vender un terreno incendiado, tanto en zonas de bosques nativos e implantados como en áreas protegidas y humedales. El proyecto original eliminaba por completo esas prohibiciones para las áreas rurales y las mantenía solo parcialmente para los bosques nativos. El dictamen del Senado rechazó los cambios sobre bosques nativos, por lo que se mantiene la veda de 60 años, pero aceptó parcialmente las modificaciones sobre tierra rural: se elimina el plazo de 30 años de veda para venta o cambio de uso.
